miércoles, 23 de enero de 2013

De donde no hay... (XLV)

Vaya por delante, como ya quedó dicho por aquí, que no estoy en absoluto de acuerdo con la implantación de las nuevas tasas judiciales. Pero una cosa es eso, y otra escucharle al Consejero de Justicia andaluz -y a las televisiones, y a la prensa, y hasta a alguna que otra organización de consumidores- afirmaciones como "que hay litigios en los que cantidad objeto de la reclamación es superior a la propia tasa, como así se establece en determinadas infracciones de tráfico, con una tasa de 200 euros para recurrir una multa de 100 euros, o en demandas por cobros indebidos de servicios, como la tasa fijada de 200 euros para recurrir una factura errónea de teléfono de 80 euros." (sic)







En primer lugar, la tasa por recurrir una multa sólo se aplica cuando se acude al contencioso-administrativo, por lo que la inmensa mayoría de los recursos que interponemos habitualmente los ciudadanos contra las multas, que se suelen quedar dentro del ámbito administrativo y, por tanto, fuera del orden jurisdiccional, no están sometidos a tasa alguna.

Y en segundo lugar, conforme al art. 4.1.e) de la denominada Ley de Tasas, demandar a nuestra compañía telefónica por una factura errónea de 80 euros está exento de tasas. Incluso aunque la factura llegara a los dos mil euros. Y además, tampoco sería preceptivo abogado y procurador, pudiendo interponerse la demanda mediante un simple impreso.

Haría bien nuestro Consejero -que es doctor en Derecho y fiscal-, en ser algo más riguroso. Dicho lo cual, ojalá gane, ganemos, el recurso de inconstitucionalidad. 


8 comentarios:

Panduro dijo...

Desconocía lo de los recursos a las compañías telefónicas, pero lo de las multas te puedo asegurar que no es así en la práctica.

Hace unos meses me llegó una multa de la delegación de tráfico del ayuntamiento de Madrid. En la foto se veía que no era mi coche, aunque la matrícula sí que era la misma. Como por otra parte hacía bastantes años que no iba a Madrid conduciendo, recurrí. En el recurso indicaba que se debía de tratar de una falsificación de matrícula, lo que ponía en su conocimiento para que tomaran las medidas oportunas. Por mi parte denuncié el hecho a la Guardia Civil de Tráfico. Me contestaron diciendo que no había lugar al recurso ya que el cinemómetro estaba calibrado (¿?) según no sé qué reglamento. Así tres -repito: tres- veces, hasta agotar la vía administrativa.

Ahora, para poder recurrir, tengo que pagar las tasas y ¡pagar la multa con un recargo del 20%!

Es decir, es la propia administración la que agota negligentemente la vía administrativa y me obliga a recurrir a los tribunales. Y encima ahora me cobran una tasa porque saturo la administración de justicia, ¡tócate los cojones!

Zapateiro dijo...

Me temo que, por esta vez, estoy en absoluto desacuerdo. No porque el Consejero andaluz me parezca una persona más o menos lúcida en sus intervenciones sino por el fondo del asunto.

Tato imagino que no vivirás a diario el trabajo de un despacho profesional o bufete -al gusto-; de ser así, no me explico cómo puedes definir como no rigurosa una afirmación como "que hay litigios en los que cantidad objeto de la reclamación es superior a la propia tasa, como así se establece en determinadas infracciones de tráfico(...)".

Las respuestas automatizadas de la DGT y la falta de motivación de las sanciones se producen a cientos y, generalmente, si no llegan a la vía contenciosa es porque cuesta más el collar que el perro, no porque las reclamaciones en vía administrativa prosperen en un alto procentaje.

Es más, me atrevo a afirmar que la Ley de Tasas Judiciales actual da carta blanca a las sanciones indiscriminadas por cuantías menores, no sólo en temas de tráfico, de forma que se facilita el abuso de muchas de nuestras autoridades.

Er Tato dijo...

Bueno Panduro, lo de las facturas no es que se recurran, es que existe la posibilidad de demandar por un cobro indebido. En cuanto a lo de que las multas no sea así en la práctica, imagino que cada uno contaremos las cosas como nos hayan ido -yo he recurrido en vía administrativa alguna y no me ha ido mal-, pero lo que yo afirmaba en mi entrada no era que las cosas sean así o no, sino que resulta bastante chocante la falta de rigor de un jurista de supuesto prestigio cuando se trata de hacer política y demagogia. Afirmar que para recurrir una multa hay que pagar tasas, sin añadir si se trata de un recurso administrivo o judicial, es confundir al personal. Sólo me refería a eso.

Lo de tu multa, una putada, pero insisto, no me refería a eso. En cualquier caso, la Administración no necesitaba las tasas para tomarnos el pelo, ya lo hacía sin ayuda de Gallardón.

Saludos

Er Tato dijo...

Vayamos por partes, Zapateiro.

Lo que yo he definido en mi entrada como poco riguroso no es la frase que tú entrecomillas, sino dos cuestiones muy concretas tratadas en dos párrafos también muy concretos.

Primero, que afirmar que recurrir una multa, sin ponerle apellido al recurso -administrativo o judicial-, está sometido al pago de tasas es muy poco riguroso. En esto imagino que estaremos de acuerdo.

Segundo, que afirmar que demandar a tu compañía telefónica por 80 euros -o por 2.000-, está sometido a unas tasas de 200 euros no es que sea poco riguroso, es que es directamente mentira. Imagino que en esto también estaremos de acuerdo.

No creo que un Consejero de Justicia se deba permitir mentir en público y quedar como un ignorante sólo por atacar al de enfrente. Máxime cuando ni siquiera es necesario hacerlo porque sobran los argumentos serios para atacar a una ley injusta e inoportuna, lo que me lleva a la conclusión de que de donde no hay...

Sobre el resto de lo que dices, estoy absolutamente de acuerdo -mira al pobre Panduro si no-, pero es que, insisto una vez más, yo no hablaba de eso... ;-P

Besos

Panduro dijo...

Pues eso, que lo de las tasas en una tomadura de pelo, ya que es la propia administración la que satura los tribunales con su política de rechazar los recursos adminitrativos por sistema.

Con lo de mi multa, sólo espero que al que ha doblado mi matrícula no le pongan más multas o le de por hacer un alunizaje, o algo.

Er Tato dijo...

O que lo trinquen, le metan un buen puro y te quiten la multa. Por pedir...

Saludos

Zapateiro dijo...

Vale, aclarado todo, comparto tu segundo párrafo pero permíteme que discrepe con el primero. Está claro que habrá personas que lo ignoren pero creo que es de sentido comúnuna asociación de ideas sencillas: si la Ley en cuestión es de Tasas Judiciales y se menciona el verbo recurrir se debería sobreentender que es ante los Tribunales, no en vía administrativa. Sigo sin apreciar falta de rigor aquí.

En cualquier caso, la Ley es una auténtica barbaridad y en eso coincidimos ampliamente en este país.

Besos.

Er Tato dijo...

Vale, Zapateiro, acepto Consejero como variante de loro gris africano...

De todas formas, haz un experimento y pregunta en tu entorno de amistades -que no sea un abogado, por favor, por ejemplo, algún licenciado en Historia del Arte-, qué entienden con esa afirmación. Si el resultado es el mismo que he obtenido yo, cabría concluir que un político que se dirige en una rueda de prensa a los ciudadanos en general y usa la técnica de poner ejemplos para clarificar, no se puede permitir el lujo de dejar las cosas sobreentendidas, máxime cuando en la frase siguiente miente como un bellaco.

Si el resultado de tu experimento coincide con tu interpretación, es que tus amigos son más sobreentendedores que los míos... ;-)

Besos